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Titulo Leyes, Decretos y Norma : | Resolución número 6357: por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el Servicio Social Obligatorio - SSO- en el marco de las zonas vereda les transitorias de normalización y se dictan otras disposiciones. | |||
| Serie : | |||||
| Autores: | |||||
Autor Coorporativo: |
Ministerio de Salud y Protección Social |
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| Editores | Resolucion |
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| Editorial | 0 |
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Signatura Topografica |
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| Idioma: | Español | ISBN | |||
| Paginas: | Existencias: | 0 | |||
| Año de publicacion | 2016 | Edicion: | 0 | ||
| Resumen : |
Los profesionales que participen en estos procesos deberán acreditar el correspondiente título o demostrar mediante certificación expedida por la Institución de Educación Superior que dicho título será obtenido antes de ía fecha de inicio del período a asignar en los términos del artículo 3° de la presente resolución, so pena de que la Institución Prestadora de Servicios de Salud no realice la vinculación. No podrán inscribirse egresados de los programas de formación superior en medicina, enfermería, odontología y bacteriología, que hayan cumplido el Servicio Social Obligatorio (SSO) o que se encuentren prestándolo bajo cualquier modalidad. Tampoco podrán inscribirse en el nuevo proceso, quienes hayan renunciado a la plaza ya asignada o a quienes se les asignó plaza tanto directa como públicamente en uno de los dos procesos inmediatamente anteriores y no la hayan ocupado, salvo que exista justificación de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentado y aprobado por las Direcciones Departamentales de Salud o quienes hagan sus veces y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
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| Palabras Claves : | Medicina--Legislación--Colombia Medicina--Legislación |
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Tipo de acceso: |
libre | Disponibilidad | Digital | |
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| Publico Objetivo: | Pregrado , Medicos , Clinicos , | ||||
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Titulo : | Resolución número 6357: por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el Servicio Social Obligatorio - SSO- en el marco de las zonas vereda les transitorias de normalización y se dictan otras disposiciones. | |||
| Autores: | |||||
Autor Coorporativo: |
Ministerio de Salud y Protección Social |
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| Editores | Resolucion |
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| Editorial | 0 |
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Signatura Topografica |
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| Idioma: | Español | ISBN | |||
| Paginas: | Existencias: | 0 | |||
| Año de publicacion | 2016 | Edicion: | 0 | ||
| Resumen : |
Los profesionales que participen en estos procesos deberán acreditar el correspondiente título o demostrar mediante certificación expedida por la Institución de Educación Superior que dicho título será obtenido antes de ía fecha de inicio del período a asignar en los términos del artículo 3° de la presente resolución, so pena de que la Institución Prestadora de Servicios de Salud no realice la vinculación. No podrán inscribirse egresados de los programas de formación superior en medicina, enfermería, odontología y bacteriología, que hayan cumplido el Servicio Social Obligatorio (SSO) o que se encuentren prestándolo bajo cualquier modalidad. Tampoco podrán inscribirse en el nuevo proceso, quienes hayan renunciado a la plaza ya asignada o a quienes se les asignó plaza tanto directa como públicamente en uno de los dos procesos inmediatamente anteriores y no la hayan ocupado, salvo que exista justificación de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentado y aprobado por las Direcciones Departamentales de Salud o quienes hagan sus veces y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
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| Palabras Claves : | Medicina--Legislación--Colombia Medicina--Legislación |
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Tipo de acceso: |
libre | Disponibilidad | Digital | |
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| Publico Objetivo: | Pregrado , Medicos , Clinicos , | ||||
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Titulo Leyes, Decretos y Norma : | Resolución número 6357: por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el Servicio Social Obligatorio - SSO- en el marco de las zonas vereda les transitorias de normalización y se dictan otras disposiciones. | |||
| Titulo Revista: | Ministerio de Salud y Protección Social |
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ISBN | |||||
| Autores | |||||
| Año de publicacion | 2016 | ||||
Suplemento |
0 |
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| Numero | Volumen | 0 | |||
| Pagina Inicial | Pagina Final | 0 | |||
| Idioma: | Español | Base de datos bibliográfica: | Resolucion |
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| Resumen : |
Los profesionales que participen en estos procesos deberán acreditar el correspondiente título o demostrar mediante certificación expedida por la Institución de Educación Superior que dicho título será obtenido antes de ía fecha de inicio del período a asignar en los términos del artículo 3° de la presente resolución, so pena de que la Institución Prestadora de Servicios de Salud no realice la vinculación. No podrán inscribirse egresados de los programas de formación superior en medicina, enfermería, odontología y bacteriología, que hayan cumplido el Servicio Social Obligatorio (SSO) o que se encuentren prestándolo bajo cualquier modalidad. Tampoco podrán inscribirse en el nuevo proceso, quienes hayan renunciado a la plaza ya asignada o a quienes se les asignó plaza tanto directa como públicamente en uno de los dos procesos inmediatamente anteriores y no la hayan ocupado, salvo que exista justificación de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentado y aprobado por las Direcciones Departamentales de Salud o quienes hagan sus veces y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
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| Palabras Claves : | Medicina--Legislación--Colombia Medicina--Legislación |
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Tipo de acceso: |
libre | Disponibilidad | Digital | |
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| Publico Objetivo: | Pregrado , Medicos , Clinicos , | ||||
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Titulo : | Resolución número 6357: por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el Servicio Social Obligatorio - SSO- en el marco de las zonas vereda les transitorias de normalización y se dictan otras disposiciones. | |||
| Autores | |||||
| Autor Corporativo: | Ministerio de Salud y Protección Social |
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| Año de publicacion | 2016 | Idioma: | Español | Tipo: | Resolucion |
| Resumen : |
Los profesionales que participen en estos procesos deberán acreditar el correspondiente título o demostrar mediante certificación expedida por la Institución de Educación Superior que dicho título será obtenido antes de ía fecha de inicio del período a asignar en los términos del artículo 3° de la presente resolución, so pena de que la Institución Prestadora de Servicios de Salud no realice la vinculación. No podrán inscribirse egresados de los programas de formación superior en medicina, enfermería, odontología y bacteriología, que hayan cumplido el Servicio Social Obligatorio (SSO) o que se encuentren prestándolo bajo cualquier modalidad. Tampoco podrán inscribirse en el nuevo proceso, quienes hayan renunciado a la plaza ya asignada o a quienes se les asignó plaza tanto directa como públicamente en uno de los dos procesos inmediatamente anteriores y no la hayan ocupado, salvo que exista justificación de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentado y aprobado por las Direcciones Departamentales de Salud o quienes hagan sus veces y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
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| Palabras Claves : | Medicina--Legislación--Colombia Medicina--Legislación |
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Tipo de acceso: |
libre | Disponibilidad | Digital | |
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| Publico Objetivo: | Pregrado , Medicos , Clinicos , | ||||
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Titulo : | Resolución número 6357: por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el Servicio Social Obligatorio - SSO- en el marco de las zonas vereda les transitorias de normalización y se dictan otras disposiciones. | |||
| Autores | |||||
| Autor Corporativo: | Ministerio de Salud y Protección Social |
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| Autor como conferencia | |||||
| Año de publicación | 2016 | Idioma: | Español | Paginas: | |
| Resumen : |
Los profesionales que participen en estos procesos deberán acreditar el correspondiente título o demostrar mediante certificación expedida por la Institución de Educación Superior que dicho título será obtenido antes de ía fecha de inicio del período a asignar en los términos del artículo 3° de la presente resolución, so pena de que la Institución Prestadora de Servicios de Salud no realice la vinculación. No podrán inscribirse egresados de los programas de formación superior en medicina, enfermería, odontología y bacteriología, que hayan cumplido el Servicio Social Obligatorio (SSO) o que se encuentren prestándolo bajo cualquier modalidad. Tampoco podrán inscribirse en el nuevo proceso, quienes hayan renunciado a la plaza ya asignada o a quienes se les asignó plaza tanto directa como públicamente en uno de los dos procesos inmediatamente anteriores y no la hayan ocupado, salvo que exista justificación de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentado y aprobado por las Direcciones Departamentales de Salud o quienes hagan sus veces y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
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| Palabras Claves : | Medicina--Legislación--Colombia Medicina--Legislación |
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Tipo de acceso: |
libre | Disponibilidad | Digital | |
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| Publico Objetivo: | Pregrado , Medicos , Clinicos , | ||||
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Titulos Leyes, Decretos y Norma : | Resolución número 6357: por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el Servicio Social Obligatorio - SSO- en el marco de las zonas vereda les transitorias de normalización y se dictan otras disposiciones. | |||
| Autor Coorporativo: | Ministerio de Salud y Protección Social |
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| Idioma: | Español | Año de publicacion | 2016 | ||
resolucion-6357-de-2017.pdf |
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| Resumen : |
Los profesionales que participen en estos procesos deberán acreditar el correspondiente título o demostrar mediante certificación expedida por la Institución de Educación Superior que dicho título será obtenido antes de ía fecha de inicio del período a asignar en los términos del artículo 3° de la presente resolución, so pena de que la Institución Prestadora de Servicios de Salud no realice la vinculación. No podrán inscribirse egresados de los programas de formación superior en medicina, enfermería, odontología y bacteriología, que hayan cumplido el Servicio Social Obligatorio (SSO) o que se encuentren prestándolo bajo cualquier modalidad. Tampoco podrán inscribirse en el nuevo proceso, quienes hayan renunciado a la plaza ya asignada o a quienes se les asignó plaza tanto directa como públicamente en uno de los dos procesos inmediatamente anteriores y no la hayan ocupado, salvo que exista justificación de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentado y aprobado por las Direcciones Departamentales de Salud o quienes hagan sus veces y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
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| Palabras Claves : | Medicina--Legislación--Colombia Medicina--Legislación |
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| Publico Objetivo: | Pregrado , Medicos , Clinicos , | ||||
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Titulo : | Resolución número 6357: por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el Servicio Social Obligatorio - SSO- en el marco de las zonas vereda les transitorias de normalización y se dictan otras disposiciones. | |||
| Autores | |||||
| Autor Corporativo: | Ministerio de Salud y Protección Social |
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| Año de publicación | 2016 | ||||
| Producción de publicación | |||||
| Volumen | |||||
| ISBN | |||||
| Frecuencia | Idioma: | Español | Paginas: | ||
| Resumen : |
Los profesionales que participen en estos procesos deberán acreditar el correspondiente título o demostrar mediante certificación expedida por la Institución de Educación Superior que dicho título será obtenido antes de ía fecha de inicio del período a asignar en los términos del artículo 3° de la presente resolución, so pena de que la Institución Prestadora de Servicios de Salud no realice la vinculación. No podrán inscribirse egresados de los programas de formación superior en medicina, enfermería, odontología y bacteriología, que hayan cumplido el Servicio Social Obligatorio (SSO) o que se encuentren prestándolo bajo cualquier modalidad. Tampoco podrán inscribirse en el nuevo proceso, quienes hayan renunciado a la plaza ya asignada o a quienes se les asignó plaza tanto directa como públicamente en uno de los dos procesos inmediatamente anteriores y no la hayan ocupado, salvo que exista justificación de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentado y aprobado por las Direcciones Departamentales de Salud o quienes hagan sus veces y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
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Tipo de acceso: |
libre | Disponibilidad | Digital | |
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| Publico Objetivo: | Pregrado , Medicos , Clinicos , | ||||
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| Autor Coorporativo: | Ministerio de Salud y Protección Social |
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| Idioma: | Español | Año de publicacion | 2016 | ||
resolucion-6357-de-2017.pdf |
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| Resumen : |
Los profesionales que participen en estos procesos deberán acreditar el correspondiente título o demostrar mediante certificación expedida por la Institución de Educación Superior que dicho título será obtenido antes de ía fecha de inicio del período a asignar en los términos del artículo 3° de la presente resolución, so pena de que la Institución Prestadora de Servicios de Salud no realice la vinculación. No podrán inscribirse egresados de los programas de formación superior en medicina, enfermería, odontología y bacteriología, que hayan cumplido el Servicio Social Obligatorio (SSO) o que se encuentren prestándolo bajo cualquier modalidad. Tampoco podrán inscribirse en el nuevo proceso, quienes hayan renunciado a la plaza ya asignada o a quienes se les asignó plaza tanto directa como públicamente en uno de los dos procesos inmediatamente anteriores y no la hayan ocupado, salvo que exista justificación de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentado y aprobado por las Direcciones Departamentales de Salud o quienes hagan sus veces y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.
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| Palabras Claves : | Medicina--Legislación--Colombia Medicina--Legislación |
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