Junta directiva
Miembros Principales
Miembros suplentes
Funciones Junta Directiva
Fijar las políticas, planes y programas de la Entidad, así como verificar su desarrollo y cumplimiento, siguiendo las pautas que le señale la Asamblea General de Miembros.
Elegir, dentro de sus miembros al Presidente, Vicepresidente, Secretario y demás dignatarios de acuerdo con el reglamento que expida para el efecto.
Designar al Director Ejecutivo y a su suplente, así como fijarles su remuneración y viáticos, según el correspondiente presupuesto de la Entidad.
Expedir y reformar los reglamentos internos, salvo aquellos que sean de competencia de la Asamblea.
Estudiar los balances, presupuestos y demás documentos que conforman los estados financieros de la Entidad, los cuales serán sometidos oportunamente a su consideración por el Director Ejecutivo de la Entidad.
Con el Director Ejecutivo de la Entidad, presentar para la aprobación por parte de la Asamblea General de Miembros, los estados financieros de cada ejercicio, así como el informe de gestión conjunto de los administradores, de acuerdo con lo que para el efecto establece la Ley, aplicando, en cuanto sea procedente y por analogía, las disposiciones pertinentes sobre sociedades anónimas comerciales. La Junta Directiva podrá delegar en el Director Ejecutivo la lectura y explicación de tales documentos ante la Asamblea.
Aprobar el presupuesto de la Entidad si así lo delegare la Asamblea.
Aprobar adiciones o ajustes presupuestales cuando se considere necesario.
Fijar, de manera periódica, la cuantía o la clase de actos o negocios jurídicos para los cuales el Director Ejecutivo de la Entidad requerirá autorización previa. Así mismo y según su criterio, conceder la referida autorización cuando así lo considere conveniente o necesario. Dicha limitación o restricción deberá consignarse en la correspondiente acta la cual tendrá que inscribirse en el registro mercantil para efectos de su oponibilidad frente a terceros. En tanto no se registre tal acta, se entenderá que el Director Ejecutivo se encuentra plenamente facultado para acordar, celebrar y realizar los actos, negocios jurídicos y operaciones que se encuentren dentro del objeto de la Entidad, que resulten necesarios, complementarios y convenientes a la misma, así como los que se relacionen directamente con la existencia y el funcionamiento de la Entidad, sin limitación alguna
Convocar a la Asamblea General de miembros, de acuerdo con los Estatutos.
Examinar como cuerpo colegiado o por comisiones de su seno, si lo considerare conveniente, los libros, cuentas, caja, archivos y demás documentos de la Entidad.
Delegar en el Director Ejecutivo, cuando así lo estime conveniente para los intereses de la Entidad, alguna o algunas de sus propias funciones, siempre y cuando tal delegación sea procedente.
Nombrar comités que considere convenientes para el cabal desarrollo de los objetivos de la Asociación.
Establecer el monto de las cuotas extraordinarias que deban pagar los Miembros de la Asociación.
Fijar el valor de los derechos de admisión y el monto de la cuota ordinaria que deban pagar los Miembros Institucionales y Adjuntos.
Admitir o rechazar el ingreso de nuevos miembros a la Entidad y señalar en el respectivo reglamento las condiciones de ingreso y expulsión de los mismos. Así mismo, decretar por resolución motivada la expulsión de un miembro de acuerdo con las causales y siguiendo el procedimiento establecidos en el correspondiente reglamento.