ASAMBLEA GENERAL
Miembros Institucionales
Son las facultades afiliadas la fecha de aprobación de Estatutos, que ya tengan al menos una promoción de egresados, facultades y programas de medicina con Acreditación de Alta Calidad expedida por el Ministerio de Educación Nacional.
Miembros Adjuntos
Son instituciones con facultades o programas de formación en MEDICINA, que siendo Miembros de ASCOFAME en el momento de la aprobación de estos estatutos, aún no hayan graduado una promoción de pregrado.
También serán miembros adjuntos los nuevos miembros, excepto aquellas instituciones con facultades o programas de formación en medicina que al momento de su solicitud de ingreso tengan la Acreditación de Alta Calidad del Ministerio de Educación Nacional, que entrarán como miembros INSTITUCIONALES.
Miembros Correspondientes
Cuando una Universidad o Institución de Educación Superior detente más de una facultad o programa de medicina podrá solicitar que sus otros programas, diferentes al delegado como representante INSTITUCIONAL, puedan ser admitidos como miembro CORRESPONDIENTES.